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Implementación de los nuevos cambios del anexo VI del Marpol

Jueves 15 de diciembre del 2011 | 16:22

A partir de Mayo del año 2005, entró en vigor el cumplimiento del anexo VI del Marpol, Reglamento para la prevención de la Contaminación Atmosférica por los buques, en el cual se indica que el máximo contenido de azufre de los combustible marinos a nivel mundial debía ser 4.5% (a excepción de las áreas ECAs). A partir del 1ero de enero del 2012, entra en vigencia la nueva revisión del máximo contenido de azufre de los combustibles marinos a nivel mundial (excepción áreas ECAs), que a partir de esta fecha será 3.5%. Nos es grato comunicar a ustedes que en Ecuador el porcentaje típico de contenido de azufre en los IFO no supera el 2%, razón por la cual los clientes del sector naviero internacional pueden sentir absoluta confianza de tomar combustible en puertos ecuatorianos pues cumplimos ampliamente la regulación.



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